Sr. Contribuyente,
Desde el la Administración Fiscal Municipal también estamos recuperando los servicios. Por eso le facilitamos la manera de cumplir sus obligaciones mediante la consulta e impresión de boletas
vigentes a través de Internet de: Tasa General Inmobiliaria y Tasa por Servicios Sanitarios.
La Tasa General Inmobiliaria es la prestación pecuniaria anual que debe
efectuarse al municipio por los servicios de barrido, riego, recolección
de basura, abovedamiento y zanjeo, arreglo de calles, desagues y alcantarillas,
su conservación y mantenimiento y la reposición de lámparas de alumbrado público.
Puede ingresar a su cuenta haciendo click AQUI
La Tasa por Servicios Sanitarios es la contraprestación pecuniaria que
debe efectuarse al municipio por los servicios de provisión de agua
potable y desague cloacal.
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Por los servicios que se presten en el cementerio municipal o por el uso de arrendamiento de nichos o columbarios, así como para la construcción de panteones, sepulcros, bóvedas o renovación, se deben abonar los derechos que establece la Ordenanza Impositiva Anual.